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18/02/2009, El Tribunal Supremo pone coto a los excesos de la SGAE

El Alto Tribunal ha declarado nula la imposición de tarifas más gravosas para los productores individuales que para aquellos que se presenten como asociados, por su carácter discriminatorio.

 

 

A juicio del Tribunal, esta diferencia de trato no está justificada. Además, admitir lo contrario, “supondría imponer la obligación de integrarse en una asociación para obtener un trato más favorable”, lo que atentaría contra la libre asociación.

De forma más genérica, el fallo establece que las sociedades de gestión no pueden imponer restricciones contrarias a la libre competencia o imponer condiciones discriminatorias a unos u otros usuarios aprovechándose de su posición privilegiada derivada de su exclusividad en la gestión de derechos de autor. 

Fuente:http://www.expansion.com/2009/02/04/juridico/1233768624.html 

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